Dos subastas en el mismo portal, dos juegos distintos
En el Portal de Subastas del BOE conviven subastas que se parecen mucho por fuera y funcionan muy distinto por dentro. Las judiciales ejecutivas (identificador SUB-JA…) venden un bien concreto para cobrar una deuda concreta: un banco ejecuta una hipoteca, un juzgado embarga un piso. Las concursales (identificador SUB-JC…) liquidan todo el patrimonio de una empresa o persona declarada en concurso de acreedores: naves, locales, viviendas, vehículos, maquinaria, existencias.
Quien impulsa la venta tampoco es el mismo. En la ejecutiva, un juzgado tramita el apremio de esa deuda. En la concursal, el administrador concursal ejecuta la liquidación bajo la supervisión del juez del concurso, con un objetivo distinto: convertir en dinero todos los activos, de forma ordenada y cuanto antes, para repartirlo entre los acreedores.
Ese cambio de objetivo lo cambia todo para el que puja.
Las reglas las fija cada concurso (y eso es la clave)
En una subasta ejecutiva, la LEC marca el guion: tramos del valor de subasta, umbrales del 70%/50% para la aprobación del remate (art. 670 LEC), depósito del 5%…
En el concurso, desde la reforma de la Ley 16/2022 del Texto Refundido de la Ley Concursal, el antiguo «plan de liquidación» desapareció y ahora el juez puede fijar reglas especiales de liquidación para cada concurso (arts. 415 y ss. TRLC). En la práctica:
- Los bienes de cierta entidad (más del 5 % del inventario) se liquidan por subasta electrónica — en el Portal del BOE o en un portal especializado.
- La aprobación del remate puede no estar sujeta a los mínimos de la LEC: hay concursos que admiten cualquier postura, otros que fijan mínimos propios, otros que se remiten a la LEC como supletoria.
- Tras una subasta desierta caben alternativas que en la ejecutiva no verás igual: venta directa o encargo a una entidad especializada.
Por qué aquí viven los descuentos grandes
La lógica económica es sencilla: el administrador concursal necesita liquidar, no maximizar cada lote. Un estudio académico que analizó los 4.804 lotes concursales subastados por los juzgados mercantiles españoles en un año completo (Huerta García, La subasta concursal) encontró exactamente lo que esa lógica predice: muchos lotes quedan desiertos y los remates cierran muy por debajo de la tasación, bastante más que en las ejecutivas.
Para un inversor eso significa dos cosas a la vez:
- Oportunidad: posturas que en una ejecutiva serían inadmisibles (por debajo del 50 %) aquí pueden llevarse el lote, si las reglas del concurso lo permiten.
- Una señal a respetar: si tantos lotes quedan desiertos es porque muchos activos concursales son difíciles (naves en polígonos parados, maquinaria específica, existencias). El descuento compensa un riesgo real, no lo elimina.
Cargas: mejor que en la ejecutiva, con una excepción importante
La compra concursal suele ser más limpia: la venta en liquidación permite cancelar las cargas por mandamiento del juez del concurso, y el comprador recibe el bien libre. Pero hay una excepción con nombre propio: los bienes afectos a créditos con privilegio especial — la hipoteca es el caso típico. Esos tienen régimen propio en el TRLC y la venta puede hacerse con o sin subsistencia de la garantía, según cómo se articule y qué diga el acreedor hipotecario.
Traducción práctica: en una SUB-JC no des por hecho ni que hay cargas ni que no las hay. El edicto debe decir si la transmisión es libre; si no lo dice claro, pregunta al administrador concursal antes de pujar — su contacto suele constar en el expediente.
Otras diferencias que afectan al bolsillo
- Fiscalidad: al comprar a una sociedad en liquidación, la operación puede ir por IVA en lugar de ITP (o con renuncia a la exención de IVA e inversión del sujeto pasivo, frecuente entre empresarios). El tipo efectivo y la mecánica cambian — consúltalo antes de echar números.
- Tipos de activo: en concursal abundan los lotes no residenciales — naves, locales, oficinas, vehículos industriales, maquinaria — y los lotes múltiples del mismo concurso. Más variedad, menos comparables.
- Información: el expediente concursal (inventario, informe del administrador) puede darte más contexto del que da una ejecutiva… pero hay que ir a buscarlo.
- El interlocutor existe: a diferencia de la ejecutiva, aquí hay una persona cuyo trabajo es vender — el administrador concursal. Tras una subasta desierta, esa puerta (venta directa) sigue abierta.
Cómo encontrarlas en BIDIA
Las concursales entran en BIDIA con el resto de subastas del BOE — las reconoces por el identificador SUB-JC en la ficha (ahora mismo hay decenas activas en el catálogo). El nota de oportunidad y los datos del Catastro funcionan igual que en las judiciales, así que puedes compararlas de un vistazo con las ejecutivas de la misma zona.
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Nota: esta guía es divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Las reglas de cada subasta concursal las fija su concurso: revisa el edicto y, en operaciones relevantes, consulta con un abogado concursalista.